Cesión ilegal con goteras de inmueble de dominio público

Se lo decimos alto y sin acritud :
¡¡ Vd. no tiene la facultad de ceder inmuebles de dominio público incluidos en el inventario municipal ¡¡
Las urnas no dan esa competencia.


24 mar 15. Si hace unos meses se cedió nave de dominio público perteneciente al patrimonio municipal a entidad privada “sin ánimo de lucro”, ahora después del carnaval se repiten hechos similares por ordeno y mando del primero y siguiente al titular.

Decirles que los espacios públicos son cedidos en aplicación de la potestad y de auto organización reconocida a las Entidades Locales si existiere un reglamento regulador de cesión y uso de locales municipales, circunstancia esta que no concurren al autorizar el uso y disfrute “con goteras” de la antigua sede de Unidad Local de Protección Civil.

Una cesión en exclusiva, con carácter gratuito sin licitación alguna y desconociéndose si constituye un derecho económico o arrendaticio, y además si la actividad que se desarrolla debiera ajustarse al régimen jurídico de las actividades clasificadas, desconociéndose si consta en el expediente de su razón informe favorable del área de patrimonio.

En la actualidad se está a tiempo de revocar el uso del local por el mal estado y reconocer el incumplimiento de las normas reglamentarias y en particular lo dispuesto en el propio Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales.

Por otra parte se desconocen las normas de funcionamiento, así como si quien “autorizó” el uso del inmueble “con goteras” participó a los actuales ocupantes de la obligación de contratar una póliza de seguro que cubra los bienes que se depositen en el local frente a los múltiples riesgos que se pudieren ocasionar, así como la responsabilidad civil por daños y perjuicios que los usuarios puedan causar a terceros.

En cuanto al destino de las instalaciones una vez hayan finalizado las obras de rehabilitación de la Plazoleta Sureda, deberá ser la nueva Corporación quien adopte los acuerdos pertinentes, entendiendo como no idóneos para una actividad que se pretende al no ser el municipio “cuna carnavalera” cuya antorcha decana y tradicional porta el barrio de Montaña de Cardones, singular núcleo para custodiar los antecedentes, atuendos y páginas históricas de la fiesta.

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